{"id":8616,"date":"2024-08-27T00:07:45","date_gmt":"2024-08-27T03:07:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.jotapostaok.com.ar\/?p=8616"},"modified":"2024-08-27T00:07:45","modified_gmt":"2024-08-27T03:07:45","slug":"flexibilizacion-laboral-los-cambios-que-regiran-en-argentina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/jotaposta.com.ar\/jposta\/2024\/08\/27\/flexibilizacion-laboral-los-cambios-que-regiran-en-argentina\/","title":{"rendered":"Flexibilizaci\u00f3n Laboral: los cambios que regir\u00e1n en Argentina"},"content":{"rendered":"\n<p>Luego de la reglamentaci\u00f3n del R\u00e9gimen de Incentivo para las Grandes Fortunas (RIGI), el gobierno de Javier Milei trabaja por estas horas para hacer lo propio con otro cap\u00edtulo de la ley Bases: la flexibilizaci\u00f3n laboral. En ese sentido, el ministro de Desregulaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n del Estado, Federico Sturzenegger, adelant\u00f3 este domingo que la reforma laboral incluida en la Ley Bases entrar\u00e1 en vigencia esta semana.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/media.minutouno.com\/p\/fb0768e39f7316231b258162eb7a9f8d\/adjuntos\/150\/imagenes\/041\/639\/0041639178\/federico-sturzenegger.jpg\" alt=\"Federico Sturzenegger, ministro de Desregulaci\u00f3n y Transformaci\u00f3n del Estado\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>En di\u00e1logo con el economista Miguel Angel Boggiano,\nSturzenegger asegur\u00f3 que el fondo de cese le permitir\u00e1 a los empleadores armar\nun esquema sustitutivo de la ley contrato para poder elegir un esquema\nindemnizatorio que le sea m\u00e1s beneficioso.<\/p>\n\n\n\n<p><em>&#8220;Javier le est\u00e1 dando a las partes que tengan la libertad de contraer su propio sistema acorde a las necesidades de la industria, con las caracter\u00edsticas de su industria. Es la reforma m\u00e1s importante del mercado laboral que hayamos visto en d\u00e9cadas&#8221;, destac\u00f3 al se\u00f1alar que la &#8220;industria de los juicios por despidos<\/em>&#8221; se com\u00edan los ingresos de los empleadores.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Claves de la flexibilizaci\u00f3n laboral<\/h2>\n\n\n\n<p><strong>Regularizaci\u00f3n de empleados<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Luego de la reforma laboral que fue aprobada dentro de la ley Bases, quedaron establecidas las ventajas que tendr\u00e1 el sector privado. Una de ellas estar\u00e1 enfocada en el registro y regularizaci\u00f3n, sin costo ni penalidad alguna, para los empleadores que tengan en su n\u00f3mina trabajadores en negro.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/media.minutouno.com\/p\/6abaf61c843355d80a2b24469ccfe755\/adjuntos\/150\/imagenes\/038\/771\/0038771005\/empleo.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>De acuerdo a la norma, los trabajadores que se encuentren\nincluidos en la regularizaci\u00f3n poseer\u00e1n el derecho a computar hasta 60 meses de\nservicios con aportes o la menor cantidad de meses aunque lleven m\u00e1s tiempo\ntrabajando en negro, calculados sobre un monto mensual equivalente al salario\nm\u00ednimo vital y m\u00f3vil, para poder cumplir con los a\u00f1os de servicios requeridos por\nla ley 24.241 para la obtenci\u00f3n de la prestaci\u00f3n b\u00e1sica universal y para la\nprestaci\u00f3n por desempleo de la ley 24.013.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Adem\u00e1s, estar\u00e1n contemplados los siguientes beneficios:<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Condonaci\u00f3n de la deuda por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones de los siguientes conceptos: Ley 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino); Ley 19.032 (Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados); Ley 23.661 (R\u00e9gimen Nacional de Seguro de Salud); Ley 24.013 (Fondo Nacional de Empleo); Ley 24.714 (R\u00e9gimen de Asignaciones Familiares); Ley 22.250 (Registro Nacional de la Industria de la Construcci\u00f3n).<\/li><li>Extinci\u00f3n de la acci\u00f3n penal (Ley Penal Tributaria 27.430) y condonaci\u00f3n de las multas, infracciones y sanciones correspondientes a la regularizaci\u00f3n.<\/li><li>Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL &#8211; Ley 26.940), siempre y cuando se regularicen los trabajadores y se pague, de corresponder, la multa.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/media.minutouno.com\/p\/3036d51dae91ae90f81328d359bac015\/adjuntos\/150\/imagenes\/039\/777\/0039777143\/construccionjpg.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong>Fondo de cese laboral en lugar de indemnizaci\u00f3n por despido<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La semana pasada, Sturzenegger brind\u00f3 otros detalles de la\nreforma laboral y destac\u00f3 el impacto que tendr\u00e1 la reglamentaci\u00f3n del Fondo de\nCese Laboral. &#8220;Las relaciones laborales en Argentina tienen una carga muy\npesada, especialmente en t\u00e9rminos de incertidumbre y costos asociados al\nproceso de indemnizaci\u00f3n y despido. Esto aumenta considerablemente el costo\nlaboral para las pymes y otras empresas\u201d, dijo sobre el esquema actual.<\/p>\n\n\n\n<p>Para resaltar la importancia del nuevo fondo de cese, se refiri\u00f3 al caso de la UOCRA. &#8220;Existen industrias que han encontrado soluciones a este problema. Un ejemplo paradigm\u00e1tico es el de la UOCRA, que ha establecido un r\u00e9gimen laboral particular, en el que los trabajadores, tras finalizar una obra, deben trasladarse a otro proyecto. Ellos han creado un sistema que permite gestionar esta rotaci\u00f3n, armonizando los intereses empresariales con los sindicales y que ha resultado eficaz dadas las caracter\u00edsticas de esa industria\u201d, destac\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/media.minutouno.com\/p\/6882ddbe18dcdc8891c00f8b7082a77c\/adjuntos\/150\/imagenes\/041\/471\/0041471930\/industria-automotriz.jpg\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan dijo el ministro el art\u00edculo de la Ley Bases\n&#8220;permite a cada industria hacer lo mismo: establecer su propio convenio\npara resolver este problema. Estamos trabajando en la reglamentaci\u00f3n de este\nart\u00edculo para asegurarnos de que beneficie tanto a los trabajadores como a las\nempresas y sindicatos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Este nuevo sistema &#8220;permitir\u00e1 a los empleados y\nempleadores llegar a acuerdos m\u00e1s beneficiosos que los actuales bajo la Ley de\nContrato de Trabajo\u201d, afirm\u00f3 respecto a los cambios implementados, aunque aclar\u00f3\nque &#8220;no ser\u00e1 obligatorio&#8221;, es decir, que si el sistema propuesto no\nresulta mejor para las empresas o los trabajadores &#8220;pueden optar por no\nadoptarlo&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ampliaci\u00f3n del per\u00edodo de prueba<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En los art\u00edculos 89 y 95 se<strong> propone extender a 6 meses el tiempo per\u00edodo de prueba <\/strong>que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Adem\u00e1s, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 a\u00f1o en empresas de menor tama\u00f1o (hasta 5 trabajadores).<strong> Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Derechos previsionales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los trabajadores que sean regularizados por sus empleadores\npodr\u00e1n computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado\nm\u00e1s a\u00f1os de manera informal. Estos cinco a\u00f1os no ser\u00e1n considerados para el\nc\u00e1lculo del haber inicial de la jubilaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Flexibilizaci\u00f3n de las relaciones laborales<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se incorporan tambi\u00e9n medidas que permiten que las\nrelaciones laborales queden enmarcadas en otras formas distintas a la\nconvencional relaci\u00f3n de dependencia. Por ejemplo, contratar empleados bajo la\nmodalidad de colaboradores o de contratos de locaci\u00f3n. La ley excluye\nexpresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de\nContrato de Trabajo (LCT), regul\u00e1ndolos en cambio por el C\u00f3digo Civil y\nComercial. Esto limita la presunci\u00f3n de relaci\u00f3n de dependencia, quedando\nsujeta a prueba en cada caso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Nuevas causas de despido<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Se incorporan como motivo de despido<\/strong> de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Esto ser\u00eda, por ejemplo, participar en <strong>bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucci\u00f3n del ingreso o egreso al establecimiento <\/strong>y la afectaci\u00f3n de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Indemnizaci\u00f3n especial por despido discriminatorio<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La nueva legislaci\u00f3n establece una indemnizaci\u00f3n adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnizaci\u00f3n por antig\u00fcedad en casos de despido por motivos de discriminaci\u00f3n. Este cambio <strong>elimina la posibilidad de que la Justicia ordene la reinstalaci\u00f3n del trabajador en su puesto, limit\u00e1ndose la compensaci\u00f3n a la indemnizaci\u00f3n monetaria.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tercerizaci\u00f3n laboral<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Se elimina la prohibici\u00f3n a los empleadores de contratar a\ntrav\u00e9s de empresas de servicios temporarios o agencias de colocaci\u00f3n en el caso\ndel trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerar\u00e1n parte de\nlas empresas intermediarias y no para las que presten servicios.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Funcionamiento de sindicatos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 84 <strong>excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registraci\u00f3n de las relaciones laborales, <\/strong>dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podr\u00e1 denunciar la falta de registraci\u00f3n ante la autoridad de aplicaci\u00f3n, que deber\u00e1 establecer un medio electr\u00f3nico ante AFIP.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Licencia por embarazo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la legislaci\u00f3n vigente, la licencia por embarazo es de 90\nd\u00edas, 45 d\u00edas antes del parto y 45 d\u00edas con posterioridad. Sin embargo, la\npersona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 d\u00edas\n-per\u00edodo a partir del cual rige la prohibici\u00f3n de trabajar- y acumular los d\u00edas\nrestantes al per\u00edodo posterior.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de la reglamentaci\u00f3n del R\u00e9gimen de Incentivo para las Grandes Fortunas (RIGI), el gobierno de Javier Milei trabaja por estas horas para hacer lo propio con otro cap\u00edtulo de la ley Bases: la flexibilizaci\u00f3n laboral. 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